Considerando que la transparencia proactiva genera conocimiento público útil y con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la fracción XII del artículo 24 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción XIII del artículo 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, la cual establece que como sujeto obligado se deberá difundir proactivamente información de interés público.
Derivado de las recientes reformas a diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, así como la publicación de la nueva Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Durango, ponemos a su disposición la presente información:
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Enlace de la Publicación |
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Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 73 BIS 12 de septiembre 2024 |
Decreto No. 585 Reformas a Diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango |
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Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 73 BIS 12 de septiembre 2024 |
Decreto No. 591 LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE DURANGO |
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Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 73 BIS 12 de septiembre 2024 |
Caratula |
Es importante señalar que el cambio de denominación de la *Entidad de Auditoría Superior del Estado* a *Auditoría Superior del Estado,* es con la única finalidad de armonizar al marco jurídico vigente en el ámbito federal. En este sentido el cambio de denominación de este órgano de fiscalización no representa mayor cambio a las atribuciones conferidas con anterioridad.
Firma de convenios para el uso de sistemas informáticos a través del Buzón Digital.
Con fecha del 27 de enero del 2021 se comenzó con la firma de convenios de coordinación para el uso de sistemas informáticos a través de la plataforma web "Buzón Digital", que celebró la Auditoría Superior del Estado de Durango a través del C.P. Francisco Javier Guevara Morales, en su carácter de Auditor Superior del Estado, y el H. Ayuntamiento de los distintos Municipios del Estado, incluyendo a sus respectivos organismos descentralizados.